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martes, 28 de febrero de 2012
martes, febrero 28, 2012

MANIESTO DE LOS DEPORTISTAS ANDALUCES

Aprovechando la celebración del XIII Encuentro de Pescadores Andaluces de Black Bass de Orilla, los deportistas que practican esta modalidad de pesca deportiva aprovechan para emitir un Manifiesto en el cual expresan su disconformidad con el Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras.

En primer lugar se presentan los argumentos teóricos que fundamentan y justifican sus peticiones y después se exponen las manifestaciones y demandas que plantean.

A. EXPOSICIÓN DE ARGUMENTOS QUE JUSTIFICAN LAS ALEGACIONES

El presente Manifiesto se sustenta y justifica en base a las ideas que se exponen a continuación:

a) La preocupación actual por “normalizar” el equilibrio de los ecosistemas -entre ellos los acuáticos-, controlando la expansión de las especies exóticas invasoras, conlleva el peligro de tomar decisiones apresuradas que más que solucionar el problema lo agudicen aún más.

b) La invasión producida por la introducción, legal o ilegal, de especies piscícolas alóctonas en las aguas continentales está tan extendida y arraigada, en la mayoría de los ecosistemas acuáticos, que se hace imposible erradicarlas por completo y la solución pasa por encontrar la forma de minimizar los efectos negativos que ejercen sobre las especies autóctonas para garantizar su persistencia.

c) Es un grave error tratar de erradicar, sin distinción y por igual, a todas las especies invasoras introducidas en los medios acuáticos, dado que sus impactos en la diversidad biológica de un medio natural son muy diferentes, lo que las hace más o menos dañinas.

d) Ciertas especies exóticas invasoras pueden convertirse, por el lugar que ocupan en la escala trófica de un ecosistema, en aliadas para lograr el equilibrio biológico en el mismo, evitando la peligrosa expansión masiva de otras especies exóticas invasoras más agresivas para los seres autóctonos.

e) Los estudios científicos e investigaciones, sobre el impacto en la diversidad biológica autóctona de las especies exóticas invasoras, no deben hacerse de forma independiente, sino siempre tomando en consideración el conjunto de seres vivos autóctonos y alóctonos que conviven en un ecosistema. De no hacerlo así puede llevar a establecer normas legales de las que se deriven actuaciones erróneas que, a corto plazo, agravarían la situación más que mejorarla.

f) La solución más recomendada para defender a las especies autóctonas y controlar la expansión perjudicial de las especies invasoras más dañinas es aplicar el método biológico. Hemos de pensar que la solución al problema que queremos atajar puede estar dentro del propio ecosistema acuático y ésta puede ser, por qué no, la ofrecida por ciertas especies exóticas invasoras que ejercen el control de la superpoblación de las más dañinas, convirtiéndose en valiosas aliadas para lograr equilibrios en los ecosistemas que garanticen la supervivencia y persistencia de las especies autóctonas.

g) Es preciso, por tanto, establecer una escala en que los anímales exóticos invasores queden catalogados en función de:
- El peligro que suponen para alterar los ecosistemas y poner en riesgo la conservación de los seres autóctonos.
- El papel regulador que pueden ejercer para evitar la excesiva e incontrolada proliferación de otros animales exóticos más perjudiciales que podrían llegar a dominar el ecosistema.

h) La puesta en práctica de medidas administrativas y normativas basadas en la eliminación infundada e indiscriminada de especies exóticas e invasoras de un ecosistema puede provocar un desequilibrio que propicie las superpoblación de otras especies que podrían suponer un empeoramiento de la situación, un mayor descontrol en el equilibrio de la cadena trófica y un perjuicio potencial más dilatado para las especies autóctonas.

Tomando en consideración lo anteriormente expuesto, los Pescadores Deportivos Andaluces de black bass, reunidos en Córdoba el 28 de febrero de 2010 para celebrar el XIII Encuentro de Pescadores Andaluces de Black Bass de Orilla,

MANIFIESTAN:

Que la redacción y lectura del presente documento se hace al objeto de sumarse a las reivindicaciones que, en la misma línea, se han presentado por otros colectivos y entidades -en forma de reclamación, queja, recurso…- a distintas instancias (Comunidades Autónomas, Defensor del Pueblo, Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino…) para pedir que el Real Decreto1628/2011 sea sometido a estudio y modificado en su contenido, de forma que dé una respuesta justa a las peticiones razonadas que se están planteando a la Administración del Estado en contra de dicha norma.

Que, a la hora de poner en juego estrategias y medidas para equilibrar los ecosistemas acuáticos en que conviven especies autóctonas y foráneas, se debe obrar con neutralidad y en base a estudios científicos contrastados, fiables y objetivos, que no se dejen influenciar por prejuicios o
presiones externas de ciertos colectivos.

Que la normativa que regule el catálogo de especies exóticas invasoras debe hacer distinción entre las especies exóticas invasoras y las que, siendo alóctonas, han sido introducidas por la propia Administración y se encuentran hoy perfectamente aclimatadas a los ecosistemas en que habitan, cumpliendo una valiosa tarea reguladora de la expansión descontrolada de otras especies invasoras.

Que, es una realidad, contrastable científicamente, que el black bass al alimentarse controla la expansión de especies verdaderamente preocupantes como las gambusias, los cangrejos americanos, los alburnos y las percasoles. Estas especies invasoras son difíciles, por no decir imposible, de erradicar. Es por ello que la única manera de reducir sus dañinos impactos agresivos en el medio ambiente se centra en controlar su expansión. Y aquí el black bass cumple una valiosa función reguladora.

Que, la puesta en marcha de lo establecido en el Real Decreto 1628/2011 supone un atentado para los intereses de los pescadores, los clubes deportivos, las escuelas deportivas, las Federaciones Territoriales de pesca, la Federación Española de Pesca y Casting, la competición oficial en sus distintos niveles -sociales de Club, provinciales, nacional e internacional-, las empresas dependientes del mundo de la pesca del black bass, la hostelería y el turismo, las revistas del sector y todo lo que tiene que ver con la pesca de esta especie.

Que, el black bass debe ser excluido del catálogo español de especies exóticas invasoras que se hace público en elReal Decreto1628/2011, al ser una especie naturalizada y eminentemente deportiva con presencia en los calendarios de la Federación Española de Pesca y Casting y en las Federaciones Territoriales de las Comunidades Autónomas.

Que, en suma y por todo lo expresado anteriormente, están en total desacuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras, y consideran que debería ser derogado hasta que estudios profundos y clarificadores permitan dar a luz una normativa más respetuosa con la cultura y tradición deportiva, capaz de conjugar, de forma sostenible, los intereses medioambientales, sociales, económicos y deportivos.

Los firmantes el presente Manifiesto esperan contribuir, con sus peticiones, a que los responsables políticos hagan una reflexión profunda y meditada, que dé como fruto una pronta respuesta satisfactoria, en forma de normativa legal, que venga a derogar el Real Decreto 1628/201 y que se articule tomando en consideración los argumentos y manifestaciones que se han expuesto a lo largo de este documento.

En Córdoba, a 28 de febrero de 2012

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