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jueves, 10 de julio de 2008

Perlas flotantes, modifiación de normativa.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 20, 3 (normas genéricas) del Reglamento de Competiciones, se aprueba incluir en la Base de todas las competiciones Nacionales los siguientes textos y modificaciones reglamentarias, como adaptación a los cambios introducidos por las Federaciones Internacionales respectivas.

Las presentes modificaciones entrarán oficialmente en vigor el día 10-07-2008, excepto para los Campeonatos Nacionales que hayan sido convocados con anterioridad.

CAPTIULO IV A) – DE LA PESCA MARITIMA DESDE COSTA AL LANZADO (MAR-COSTA).

Texto a incluir en las Bases de las Convocatorias, en todas las Competiciones Nacionales de Mar-Costa:

Bajos de Línea. En virtud de los acuerdos adoptados por la Federación Internacional de la Pesca Deportiva en Mar, en el Congreso de la CIPS de El Cairo, del 25 de Abril de 2008, la aplicación del Artículo 8.4 de nuestras Normas Especificas, ha sido variado para esta Convocatoria en relación a las perlas flotantes: El máximo de perlas flotantes de cada Bajo de Línea se limitará a tres y su distribución entre las cametas o hijuelas (máximo tres) es libre. También queda liberada la longitud de las cametas.

Texto a incluir en las Bases de las Convocatorias, en todas las Competiciones Nacionales de Agua Dulce Categorías U-14, U-16 y U-22:

CAPITULO II A) – DE LA PESCA DE AGUA DULCE.

Cuadro a incluir en las Bases, de todas las Competiciones Nacionales de Agua-Dulce, Categorías U-14, U-16 y U-22:




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